martes, 13 de noviembre de 2012

CUARTA LECCION


CUARTA LECCIÓN:
PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS EN AUDITORIA DE CASO

Acciones ante una queja o denuncia

Cuando se presente una queja o denuncia referida a la prestación de servicios de salud o se proceda de acuerdo al plan anual de auditoría, la máxima autoridad del establecimiento de salud  que brindó la atención de salud tiene la responsabilidad de inmovilizar la historia clínica correspondiente. Así como debe disponer el cumplimiento de cada una de las recomendaciones del informe de Auditoría de Caso cuando haya finalizado la tercera etapa del proceso respectivo.

Cuando proceda una Auditoría de caso debe comunicarse este resultado, mediante documento a la máxima Autoridad del Establecimiento de Salud que brindó la atención de salud. Es esta autoridad la que dentro de las primeras 24 horas, tiene la responsabilidad de proporcionar una copia foliada y fedateada, en el sector público y una copia foliada y legalizada en el subsector privado de la correspondiente historia clínica, al Coordinador de Auditoría de la Calidad de la Atención de la entidad que efectuará la Auditoría según corresponda (A.C. Int., A.C. Ext., ó A.C. Dir.); así mismo deberá brindar acceso a la historia clínica origina al Comité de Auditoría de Caso que realiza el proceso de Auditoría cuando éste lo solicite.

La historia clínica original debe devolverse al establecimiento que brindó la atención de salud, en un plazo no mayor de 72 horas de proporcionadas al Comité de Auditoría de la Calidad de la Atención en Salud. Si antes de cumplirse este plazo el paciente necesita hacer uso de su historia clínica. El Comité de Auditoría de la Calidad de la Atención en salud tendrá que devolverla; si cree por conveniente podrá solicitarla nuevamente las veces necesarias.

Durante el proceso de Auditoría de Caso, el Comité de Auditoría que efectúa el proceso, otorgará el plazo que estime conveniente, al personal de salud relacionado al caso auditado, para que se le remitan los informes solicitados, de modo que no interfiera o retrase la emisión del informe de Auditoría de Caso respectivo.

La máxima autoridad del Establecimiento de Salud donde se brindó la atención de salud tiene la responsabilidad de proporcionar al Comité de Auditoría que efectúa el proceso las otras fuentes para auditoría requerida por éste, dentro de las 48 horas de efectuada la solicitud mediante documento formal.

Para una auditoría de caso el plazo máximo que se otorga a cada Comité de auditoría será:
·         Para la Auditoría Interna: treinta (30) días útiles.
·         Para la Auditoría Externa: cuarenta y cinco (45) días útiles.
·         Para la Auditoría Dirimente: ciento cincuenta (150) días útiles.
·         Cuando se devuelve el informe al Comité de Auditoría por única vez, independientemente del tipo de Auditoría: 7 días útiles.

El inicio y término de cada proceso de Auditoría de Caso debe ser informado al Responsable de la Unidad/Oficina de Gestión de la Calidad en las Instancias correspondientes, por el Coordinador de Auditoría de la Calidad de la Atención en Salud.

Toda queja o denuncia referida a la prestación de servicios de salud, o solicitud para iniciar una Auditoría de Caso; emitida por cualquier persona natural o jurídica, autoridad pública o privada independientemente del cargo técnico administrativo o del nivel jerárquico dentro de la estructura orgánica donde se desempeñe, deberá ser evaluada con los “Requisitos para Establecer la Procedencia de una Auditoría de Caso” (A.C. Int.) o con los “Requisitos de Calidad del Informe de Auditoría de Caso” para establecer la procedencia de una Auditoría de Caso Externa o Dirimente, según corresponda.

El Informe de Auditoría de Caso, los Informes de los Peritos convocados por el Comité de Auditoría de Caso, así como los papeles de trabajo respecto de las Auditorías de Caso se consideran como información confidencial de la entidad pública, salvo que ésta autoridad decida hacer públicos los consejos, recomendaciones u opiniones emitidas luego del proceso de Auditoría de Caso.

La Dirección General de Salud de las Personas a través de la Dirección de Calidad en Salud es la Entidad Técnica y Normativa del Proceso de Auditoría de la Calidad de la Atención en Salud a nivel nacional, y tiene la facultad de solicitar información sobre los procesos de Auditoría de la Calidad de la Atención en Salud a las Entidades Públicas y privadas a nivel nacional, consideradas en el ámbito de aplicación de la presente Directiva Administrativa.

Requisitos para establecer la procedencia de una auditoría de caso

Una Auditoría de Caso procede si cumple los 2 primeros requisitos más el 3ro ó 4to requisito:

1.      Corresponde a una atención de salud brindada en un establecimiento de salud y/o servicio médico de apoyo, y por consiguiente tiene fuentes para Auditoría en el mismo.

2.      Tiene implicancias en la política de la organización; esto corresponde si la Auditoría de un caso(s) determinado(s) favorece el proceso de mejora continua dentro de una organización de salud.

3.      Fue presentado como reclamo, solicitud o queja referida a la prestación de servicio de salud.

4.      Forma parte de un Plan Anual de Auditoría.

La procedencia o no de una Auditoría de Caso se evalúa una vez, y esto sólo corresponde al periodo anterior a una Auditoría de Caso interna.

Necesidad de Guías y Protocolos

El médico auditor tiene en cuenta que para cada procedimiento médico debe haber un manual, guía o protocolo. Que es de responsabilidad institucional haber normado y reglamentado los procedimientos indicando las limitaciones, como de todo aquello que hace bien, de modo que los actos médicos cuenten con las garantías. Por ejemplo, no es posible que se haga cirugía pediátrica en un centro donde no cuenten con instrumentos, respiradores, ventiladores, resucitadores pediátricos, peor aún si no cuentan con cirujanos pediatras. No se deben realizar actividades médicas si la institución no brinda los medios.
Como la evaluación integral de la historia clínica requiere necesariamente de la comparación con las normas y protocolos, se debe contar con las normas de los diferentes hospitales, del ministerio, de la seguridad social. ¿La institución donde usted trabaja ha enviado sus manuales.

Documentos necesarios para realizar la Auditoría Médica de Caso
Los procedimientos específicos para la realización de una Auditoría de Caso se encuentran establecidos en la Directiva Administrativa Nº 123-MINSA/DGSP-V.01. en concordancia con la Norma Técnica de Auditoría de Calidad. Deben tenerse en cuenta. Para ser posible la Auditoría Médica de caso el equipo auditor debe contar necesariamente con los siguientes documentos para el trabajo de auditoría:

  • Manual de trabajo de auditoría médica.
  • Historia clínica de uso universal y de acuerdo a cada especialidad.
  • Protocolos y guías.
  • Estándares.
  • Formatos para auditar.
  • Otros documentos según el caso.

Etapas de la Auditoría Médica

La auditoria de casos clínicos se realizará en  las siguientes etapas:

1. Planificación de la Auditoria: Es el momento más importante de la auditoria ya que de realizarse adecuadamente garantiza el éxito de los procedimientos. Se realizará 24 horas antes de la ejecución de la auditoria y seguirá los siguientes pasos:
a. El Comité de Auditoría notificará con por lo menos 15 días de anticipación de la realización de los procedimientos de auditoría de casos al sistema auditado, solicitando brindar las facilidades necesarias al equipo auditor para desempeñar sus funciones.
b. El equipo auditor designado por el Coordinador del Comité de Auditoría identificará al sistema auditado.
c. El equipo auditor evaluará todos los casos de eventos centinela que se presentaron en el mes en el sistema auditado y, cada tres meses, evaluará en el cumplimiento de los protocolos o guías de atención clínica en el manejo del 10% de los casos atendidos en el sistema auditado, los que serán seleccionados de manera aleatoria.
d. El equipo auditor determinará la relación de documentos que requerirá para la realización de la auditoria lo que incluirá entre otros a los protocolos y guías de atención clínica y a la evidencia médica más relevante y disponible sobre los casos que se auditará. También determinará la documentación a solicitar al sistema auditado para realizar la auditoria tal como las historias clínicas correspondientes a los casos, sus protocolos y/o guías de atención clínica, entre otros.
e. El equipo auditor diseñará su plan de auditoría en el cual consignará los siguientes datos:
  • Nombre del sistema auditado
  • Fecha y hora de reunión inicial con el sistema auditado
  • Tipificación de los casos seleccionados que serán auditados
  • Fecha de inicio de la auditoria en el sistema auditado
  • Fecha esperada de reunión de cierre de la auditoria con el sistema auditado
  • Tiempo esperado de proceso de la información obtenida
  • Fecha esperada de elaboración y elevación del Informe Final de Auditoria a la Coordinación del Comité de Auditoria.

2. Ejecución de la Auditoria
a. El equipo auditor sostendrá una reunión inicial para presentarse ante los representantes del sistema auditado y solicitar las historias clínicas consideradas en su plan de auditoría y los documentos necesarios para el desarrollo de los procedimientos de auditoría.

b. El equipo auditor realizará la auditoria de los casos referidos verificando en ellos el uso de protocolos y/o guías de atención clínicas y realizando un proceso de comparación con el manejo considerado en estos documentos, pudiendo complementarse la revisión con el apoyo de la evidencia médica disponible. En todo momento, se tendrá en cuenta la opinión del perito integrante del equipo auditor. Si el caso lo amerita, se puede planificar entrevistas a actores claves del proceso de atención de estos casos: el instrumento de entrevista será diseñado por el equipo auditor según la conveniencia del caso. Este proceso tendrá una duración variable no pudiendo, sin embargo, exceder los 10 días de duración.

c. A las 24 horas de haber finalizado los procedimientos de auditoria de los casos considerados, el equipo auditor sostendrá una reunión de cierre de la auditoria con los representantes del sistema auditado a quienes informará verbalmente sobre las no conformidades mayores identificadas.

3.- Informe Final de Auditoria
a. El equipo auditor iniciará y culminará el proceso de elaboración y redacción del Informe Final de la Auditoria a las 24 horas siguientes a la ejecución de ésta en el sistema auditado.
b. El equipo auditor consolidará la información recogida, considerando se manera especial las no conformidades mayores y menores.

c. El equipo auditor redactará el informe final de la auditoria consignando en él los siguientes elementos:
i. Plan de Auditoria
ii. Breve descripción del proceso de ejecución de la auditoria de historias clínicas, indicando los tiempos de duración del procedimiento y los nombres de los actores claves entrevistados, si se dio el caso
iii. No conformidades mayores y menores identificadas. De identificarse algún caso de presunta responsabilidad penal o que amerite una investigación exhaustiva deberá notificarse dentro de las no conformidades mayores anteponiendo a dicha constatación el sub-título “GRAVE:”
iv. Porcentaje de casos de eventos centinelas auditados (mensual) y porcentaje de casos auditados que cumplen con protocolos o guías de atención clínica (trimestral)
v. Propuesta de acciones correctivas
vi. Propuesta de acciones preventivas
vii. Conclusiones
viii. Recomendaciones
ix. Fecha y hora de finalización del Informe Final de Auditoria
x. Nombre, DNI, N° de Colegiatura Médica y firma de los integrantes del equipo auditor

d. El auditor líder del equipo elevará el Informe Final de Auditoria al Coordinador del Comité de auditoría para su conocimiento y disposición.


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